Corporate | SAS | Condiciones Generales de Venta

Las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, las “CGV”) se aplican a los Servicios prestados por Powens (en adelante, el “Proveedor del Servicio”) a sus clientes (en adelante, el “Cliente”).

El Proveedor del Servicio y el Cliente serán denominados individualmente como la “Parte” y conjuntamente como las “Partes”.

Preámbulo

Las presentes CGV se aplican en su totalidad a cualquier oferta de Servicios realizada por el Proveedor del Servicio a sus Clientes. El Cliente se compromete mediante una orden de compra (en adelante, la “Orden de Compra”). Las CGV y sus anexos, las eventuales Condiciones Particulares y la Orden de Compra constituyen el compromiso contractual entre las Partes (en adelante, el “Contrato”).

El presente Contrato sustituye todos los documentos y acuerdos previos entre las Partes y no podrá ser modificado salvo mediante acuerdo escrito firmado por las Partes.

Asimismo, cualquier modificación de los términos de una Orden de Compra deberá formalizarse mediante una Orden de Compra modificativa.

Todas las disposiciones del Contrato prevalecerán sobre cualesquiera condiciones de compra del Cliente. Cualquier condición contraria al Contrato establecida por el Cliente, ya sea en sus condiciones generales de compra o en cualquier otro documento, no será vinculante para el Proveedor del Servicio salvo que haya sido expresamente aceptada por este.

El Contrato no crea ninguna relación de subordinación entre el Proveedor del Servicio y el Cliente, siendo ambas Partes independientes en el desarrollo de sus actividades. Cada una es libre de determinar la forma en que gestiona su actividad de acuerdo con su propia organización. El Contrato no podrá interpretarse en ningún caso como la creación de una entidad común, una asociación de hecho o de derecho, ni como una relación laboral entre empleador y empleado.

EN FE DE LO CUAL, LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:

Definiciones

Los términos y expresiones que comiencen con mayúscula y que se utilicen en el Contrato tendrán el significado que se establece a continuación, tanto si se utilizan en singular como en plural:

“ACPR”: Hace referencia a la Autorité de Contrôle Prudentiel et de Résolution.

“API”: Se refiere a la interfaz de programación de aplicaciones proporcionada por el Proveedor del Servicio para permitir la ejecución del Contrato.

“Connector” (Conector): Se refiere al código que permite la agregación de datos.

“Contrato”: Se refiere a las presentes CGV y sus Anexos, a las eventuales Condiciones Particulares y a la Orden de Compra aceptada por el Cliente mediante la firma de dicha Orden de Compra.

“Datos del Cliente”: Se refiere a toda la información, datos personales, registros y documentos, incluida cualquier Información Confidencial del Cliente, relacionados con la actividad del Cliente, su personal y sus clientes directos, así como los clientes de dichos clientes. También incluye los datos transmitidos al Proveedor del Servicio, así como los datos recopilados, generados, tratados o modificados por el Proveedor del Servicio en el marco de la prestación de los Servicios al Cliente, incluidos los Datos Personales pertenecientes al Cliente, a los clientes del Cliente y a los clientes de estos.

“PSD2”: Hace referencia a la segunda Directiva Europea 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior.

“User ID” (Identificador de Usuario): Se refiere al identificador único asignado a cada Usuario que permite a los equipos de soporte de las Partes comunicarse. La correspondencia entre el User ID y la identidad del Usuario únicamente está disponible en la base de datos ubicada en el Cliente.

“Transfer Initiation” (Iniciación de pagos): Se entenderá por tal cualquier solicitud de iniciación de un pago realizada por el Pagador o por el beneficiario del pago, que haya sido autenticada por el Pagador ante su proveedor de servicios de pago, con independencia de que posteriormente sea aceptada o rechazada por el banco del Pagador. Dicha validación comprende los pasos de autenticación que el Pagador debe completar para confirmar la solicitud y dará lugar a la facturación del Producto Pay by Bank. En el caso de pagos masivos (bulk payments), cada pago individual incluido en el lote se contabilizará como una Iniciación de Transferencia independiente (por ejemplo, un lote compuesto por 10 pagos individuales se contabilizará como 10 Iniciaciones de Transferencia). 

“Servicio(s)”: Significa todos los servicios prestados en virtud del Contrato, incluidos los Productos seleccionados en la Orden de Compra.

“Producto de Transacciones”: Se refiere a los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten proporcionar información sobre cuentas conforme al artículo L522-1 y siguientes del Código Monetario y Financiero.

“Proof Certificates Retrieval Product”: Se refiere a los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten acceder a los documentos justificativos y administrativos de un Usuario previamente recopilados de los proveedores conectados por el Proveedor del Servicio.

“Producto Pay by Bank”: Se refiere a los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten la iniciación de pagos conforme al artículo L522-1 y siguientes del Código Monetario y Financiero francés.

“Producto Wealth & Loans”: Significa los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten la agregación de cuentas bancarias distintas de las cuentas de pago sujetas a la PSD2.

“Producto Bank ID Check Product”: Se refiere a los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten acceder a los datos de identidad del titular de la cuenta y/o del Usuario.

“Producto Indicators for Credit Check”:: Se refiere a los servicios de la solución de software desarrollada por el Proveedor del Servicio que permiten analizar los datos bancarios de un Usuario en forma de informe y de un conjunto de métricas que conducen a la elaboración de un perfil de solvencia crediticia.

“Regulación de Datos Personales”: Se refiere a (i) la Ley francesa n.º 78-17, de 6 de enero de 1978, relativa a la informática, los archivos y las libertades, en su versión modificada; (ii) el Reglamento (UE) n.º 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos; (iii) todos los textos legislativos y reglamentarios aplicables, incluidas las decisiones, opiniones y recomendaciones de las autoridades comunitarias y de las Autoridades de Control; así como las decisiones, opiniones y recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre la Protección de las Personas en lo que respecta al Tratamiento de Datos Personales (el “Grupo de Trabajo del Artículo 29”), así como del Comité Europeo de Protección de Datos establecido en el artículo 68 del Reglamento General de Protección de Datos para la aplicación de los textos anteriormente mencionados.

“Usuarios”: Significa cualquier usuario, ya sea una persona física o jurídica, que haya realizado al menos una Sincronización en el último mes o que haya iniciado una Transferencia. Este Usuario también podrá denominarse “Ordenante” en el contexto de una Iniciación de Transferencia. Los Usuarios se contabilizan por Producto.

“Webview”: Significa el entorno técnico del Proveedor del Servicio al que se redirige al Usuario para utilizar los servicios del Proveedor del Servicio.

“Evaluación de Impacto en la Protección de Datos”, “Datos Personales”, “Interesado(s)”, “Protección de Datos desde el Diseño”, “Protección de Datos por Defecto”, “Encargado del Tratamiento”, “Corresponsables del Tratamiento”, “Subencargado”, “Tratamiento(s)”, “Transferencias”, “Violaciones de Datos”: tendrán el significado previsto en la Regulación de Datos Personales.

A efectos del presente documento, salvo que el contexto exija lo contrario, el singular incluirá el plural y el plural incluirá el singular.

Artículo 1. Objeto del contrato

Mediante el presente Contrato, el Proveedor del Servicio concede al Cliente, quien lo acepta, un derecho no exclusivo e intransferible, salvo respecto de sus propios clientes, para utilizar la API.

Artículo 2. Duración del Contrato

Salvo que se indique lo contrario en la Orden de Compra, el Contrato entrará en vigor en la fecha en que la Orden de Compra sea firmada por ambas Partes.

El Contrato tendrá una duración de compromiso indicada en la Orden de Compra. Posteriormente, el Contrato se renovará tácitamente por períodos sucesivos según lo indicado en la Orden de Compra, salvo que cualquiera de las Partes lo rescinda mediante correo certificado, ya sea físico o electrónico, con acuse de recibo, al menos noventa (90) días antes de la expiración del período en curso.

Artículo 3. Condiciones financieras

3.1 Importe y facturación de los Servicios

El importe y la periodicidad de la facturación de los Servicios prestados por el Proveedor del Servicio se establecen en la Orden de Compra.

La facturación comenzará, por defecto, en la primera fecha de facturación especificada en la Orden de Compra; si no se especifica, la facturación comenzará en la fecha de entrada en vigor del Contrato.

Las facturas se emitirán antes del período durante el cual el Proveedor del Servicio preste el servicio.

Además, se emitirá una factura cada mes en caso de que el volumen de Usuarios previsto en la Orden de Compra se supere durante el mes anterior.

Las Partes acuerdan que la facturación correspondiente a los períodos renovados tácitamente se basará en el importe anualizado prorrateado del último mes de servicio cubierto por la Orden de Compra durante el período inicial de compromiso.

El número de Usuarios se calculará sobre la base del número de Usuarios contabilizados cada mes por producto y por dominio. Las Partes acuerdan que el número de Usuarios calculado por la API del Proveedor del Servicio será el número definitivo.

La base para el cálculo de la facturación del Producto Pay by Bank será el número de Iniciaciones de Transferencia contabilizadas cada mes. Una iniciación se contabilizará tras la autenticación del ordenante con su proveedor de servicios de pago, independientemente de que posteriormente sea aceptada o rechazada por el ordenante o por su proveedor de servicios de pago.

Las Partes acuerdan que todos los precios indicados en el Contrato estarán sujetos a revisión anual automática y sin formalidad, en la fecha de aniversario de la celebración del Contrato, de acuerdo con la variación del índice SYNTEC, conforme a la siguiente fórmula:

P = Po × S / So

  • P = precio tras la revisión.

  • Po = precio inicial para la primera revisión; posteriormente, el precio resultante de la revisión anterior para las revisiones siguientes.

  • S = índice SYNTEC más reciente publicado en la fecha de revisión de la tarifa.

  • So = valor del índice SYNTEC vigente en la fecha de firma de la Orden de Compra para la primera revisión; posteriormente, el valor del índice SYNTEC vigente en la fecha de la revisión anterior para las revisiones siguientes.

En caso de desaparición de uno u otro de los índices, las Partes acordarán un nuevo índice o índices para establecer una fórmula con efectos comparables.

3.2 Condiciones de pago de los servicios

3.2.1 Condiciones de pago

Las facturas se expresarán en euros y no incluirán los impuestos, tasas o cargos aplicables. Todas las facturas serán pagaderas a su recepción.

Por defecto, todas las facturas se abonarán mediante domiciliación bancaria. A tal efecto, el mandato de domiciliación SEPA, que deberá completarse y firmarse electrónicamente, se incluye como anexo a la Orden de Compra.

3.2.2 Servicios adicionales

Cualquier servicio adicional prestado por el Proveedor del Servicio en virtud del Contrato estará sujeto a un pago específico conforme a las condiciones establecidas en la Orden de Compra.

3.2.3 Retraso en el pago

Cualquier retraso en el pago dará lugar a la aplicación de intereses de demora calculados a un tipo equivalente a tres veces el tipo de interés legal vigente, de conformidad con el artículo L.441-6 del Código de Comercio francés. Además, se aplicará una indemnización fija de 40 € por costes de recobro, adicional a los intereses de demora, de conformidad con el artículo D.441-5 del Código de Comercio francés.

3.2.4 Cláusula penal

En caso de que el impago por parte del Cliente obligue al Proveedor del Servicio a enviar múltiples recordatorios de pago, incluyendo al menos uno mediante requerimiento formal de pago, y/o a iniciar acciones legales, el Cliente deberá abonar, además del importe principal de la factura, los costes, gastos y honorarios que normalmente y legalmente le correspondan, así como una indemnización fijada en el 15% del importe principal de la deuda, impuestos incluidos, en concepto de daños y perjuicios contractuales y de cuantía fija.

Artículo 4. Personal

El Proveedor del Servicio contratará, remunerará, formará y dirigirá, bajo su exclusiva responsabilidad, al personal que designe para la prestación de los Servicios, así como a los subcontratistas que pueda utilizar. El Proveedor del Servicio será el único responsable de la terminación de la relación con su personal y sus Subcontratistas, y asumirá las consecuencias derivadas de ello.

Artículo 5. Lugar de prestación de los Servicios

Los Servicios se prestarán en las instalaciones designadas por el Proveedor del Servicio.

Artículo 6. Confidencialidad

6.1 Con carácter general, las Partes, así como su personal permanente y no permanente, se comprometen a mantener el secreto y la confidencialidad de la Información Confidencial a la que tengan acceso en el marco de la ejecución del Contrato. Asimismo, las Partes se comprometen a impedir, por cualquier medio, la reproducción y el uso de documentos o información procedentes del Cliente que no estén expresamente relacionados con los Servicios.

Esta obligación de confidencialidad permanecerá en vigor durante la vigencia del Contrato y durante un período adicional de cinco (5) años a partir de la fecha de terminación del Contrato.

6.2 Estas obligaciones de confidencialidad no se aplicarán a las Partes en los siguientes casos:

  • Cuando las Partes puedan demostrar que la Información Confidencial ya era conocida por ellas antes de la fecha de ejecución del Contrato.

  • Cuando la Información Confidencial formara parte del dominio público en el momento de su divulgación.

  • Cuando la Información Confidencial se haga pública mediante publicación u otros medios de comunicación, salvo cuando ello sea consecuencia de la culpa o negligencia de la Parte que recibió la información.

  • Cuando la Parte que recibe la Información Confidencial pueda demostrar que dicha información le fue proporcionada por un tercero sin vulneración de una obligación de confidencialidad.

6.3 No obstante lo dispuesto en el apartado 6.1 anterior, las Partes podrán revelar Información Confidencial cuando estén obligadas a hacerlo en virtud de leyes y/o reglamentos aplicables y/o por requerimiento de cualquier autoridad reguladora, supervisora y/o fiscal, y/o por orden judicial. La Parte que haya revelado la Información Confidencial en este contexto se compromete a informar a la otra Parte por cualquier medio, salvo que ello esté prohibido por ley o reglamento.

Artículo 7. Obligaciones comunes de las Partes

En virtud del Contrato, las Partes:

  • serán cada una responsable de sus propios sistemas informáticos y conservarán el control sobre los mismos, en el marco de sus respectivas relaciones contractuales con los Usuarios.

  • se comprometen a obtener y mantener seguros de conformidad con sus obligaciones legales y reglamentarias, y suficientes para cubrir su responsabilidad civil y profesional en relación con la ejecución del Contrato.

  • se comprometen a comunicarse, a transmitirse información y documentos justificativos, a cooperar y a prestarse mutuamente toda la asistencia necesaria, con plena lealtad, para mantener el correcto funcionamiento del servicio y, en general, para responder a cualquier solicitud externa que pueda emanar directa o indirectamente de las distintas administraciones y autoridades de supervisión.

Artículo 8. Obligaciones del Proveedor del Servicio

Durante toda la duración del Contrato y durante la garantía contractual de la API, el Proveedor del Servicio pondrá en práctica todos los medios financieros, materiales y humanos necesarios para garantizar el mantenimiento y la corrección de los conectores, la exactitud y la adecuada seguridad de los datos personales, en estricto cumplimiento de las buenas prácticas profesionales y de la normativa relativa a la protección de datos personales.

No obstante, el Proveedor del Servicio se reserva el derecho de retirar un conector si la interfaz propuesta por la institución (API, sitio web u otro) es demasiado inestable para garantizar un nivel de calidad suficiente.

El Proveedor del Servicio reconoce que tiene una obligación de información, advertencia y asesoramiento hacia el Cliente, la cual se compromete a cumplir durante toda la vigencia del Contrato.

Artículo 9. Obligaciones del Cliente

El Cliente se compromete a proporcionar al Proveedor del Servicio todos los accesos e informaciones que este considere necesarios para la correcta prestación del servicio.

Asimismo, el Cliente se compromete a:

  • Integrar y mantener la interoperabilidad de la API y del Webview del Proveedor del Servicio en su aplicación, de conformidad con los requisitos del Proveedor del Servicio, y a desarrollar una aplicación que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios aplicables. La compatibilidad retroactiva (backward compatibility) de la tecnología del Proveedor del Servicio está garantizada, pero puede verse limitada por diversos factores. El Proveedor del Servicio no será responsable de ningún mal funcionamiento derivado de la negativa del Cliente a realizar una actualización de la API o de cualquier actualización de versión.
  • Implementar en su entorno técnico la recepción de actualizaciones diarias de información mediante webhooks.
  • Proporcionar anualmente un listado de sus clientes personas jurídicas a quienes se pone a disposición la API del Proveedor del Servicio, de conformidad con las condiciones establecidas en el Artículo 18 “Propiedad Intelectual” de las CGV. Este listado incluirá la identidad de los clientes personas jurídicas del Cliente, su actividad, así como su condición de entidad regulada o no regulada ante la ACPR u otra autoridad nacional. Asimismo, en el marco de esta disposición, el Cliente se compromete a que sus clientes personas jurídicas utilicen el Webview del Proveedor del Servicio.

El Cliente se compromete a informar lo antes posible al Proveedor del Servicio de cualquier anomalía, información o evento sospechoso que pueda revelar o indicar un posible compromiso de seguridad o fraude. En caso contrario, el Cliente que omita comunicar dicha información o lo haga voluntariamente de forma tardía podrá incurrir en responsabilidad frente al Proveedor.

Artículo 10. Garantías

10.1 Garantías del Proveedor del Servicio

El Proveedor del Servicio garantiza que la API cumple con la documentación técnica disponible en la siguiente dirección:
https://docs.powens.com

El Proveedor del Servicio reparará o sustituirá, a su propio coste, las partes defectuosas de la API y/o las nuevas versiones de la API. Si el Proveedor del Servicio o el Cliente detectan un error en la API y/o en sus nuevas versiones, el Proveedor del Servicio implementará, sin coste adicional, otra API.

El Proveedor del Servicio garantiza que los estándares aplicables a la infraestructura se ajustan al estado de la técnica comúnmente aceptado en el mercado.

10.2 Garantías del Cliente

El Cliente indemnizará al Proveedor del Servicio frente a cualquier reclamación de un Usuario contra el Proveedor del Servicio como consecuencia de un uso fraudulento o abusivo del servicio del Proveedor del Servicio a través del Cliente, salvo que el Cliente pueda demostrar la responsabilidad del Proveedor del Servicio, incluso parcial.

Artículo 11. Responsabilidad

El Proveedor del Servicio solo será responsable de los daños directos sufridos por el Cliente o los Usuarios como consecuencia del incumplimiento por parte del Proveedor del Servicio de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato, quedando expresamente excluida cualquier indemnización por daños indirectos o consecuenciales, daños comerciales, pérdida de negocio o de facturación, pérdidas financieras o interrupción del uso o disponibilidad de datos.

En caso de robo, uso fraudulento o cualquier otro incidente relacionado con los datos, ocurrido después de la transferencia de dichos datos al entorno del Cliente, el Cliente libera al Proveedor del Servicio de cualquier responsabilidad por dichos incidentes.

En cualquier caso, la responsabilidad total del Proveedor del Servicio no excederá del importe total efectivamente recibido por el Proveedor del Servicio por el derecho de uso durante el año natural en el que se produzca el incidente.

No obstante lo anterior, la responsabilidad del Proveedor del Servicio no estará limitada en caso de fraude, dolo o negligencia grave por su parte.

Artículo 12. Relación de las Partes con el Usuario

El Cliente es responsable de la relación con el Cliente (preguntas, reclamaciones, problemas) respecto de los servicios ofrecidos a través de la API del Proveedor del Servicio y será el primer punto de contacto para los Usuarios.

El servicio ofrecido por el Proveedor del Servicio será accesible para los Usuarios, a través del Webview, mediante una redirección desde el sitio web o la aplicación del Cliente.

El Usuario deberá aceptar las Condiciones Generales de Uso del Proveedor del Servicio al acceder al Webview por primera vez y cada vez que inicie sesión. En caso de modificación de dichas Condiciones Generales de Uso, el Proveedor del Servicio se compromete a comunicar al Cliente las nuevas Condiciones Generales de Uso.

En caso de una solicitud relacionada con la tecnología del Proveedor del Servicio, este se compromete a prestar toda la asistencia necesaria al Cliente para la gestión de las solicitudes de sus propios clientes relacionadas con dicha tecnología.

Artículo 13. Seguridad

El Proveedor del Servicio se compromete a adoptar todas las precauciones necesarias, de conformidad con la legislación y la normativa vigentes, para preservar la seguridad de los datos alojados de los Usuarios. Estos datos se alojan de forma cifrada.

El Proveedor del Servicio garantiza la seguridad de su sistema informático de acuerdo con el estado de la técnica y será responsable en caso de intrusión en su sistema informático si no ha implementado los medios necesarios para garantizar dicha seguridad. El Proveedor del Servicio se compromete a informar de cualquier brecha de seguridad o de cualquier actualización necesaria para garantizar la seguridad del sistema de alojamiento de los datos de los Usuarios.

Artículo 14. Soporte, mantenimiento y alojamiento

14.1 Soporte

Cualquier solicitud relacionada con la parte técnica de la API deberá tramitarse a través del servicio de soporte enviando un correo electrónico a support@powens.com. En la fecha de celebración del contrato, la gestión de incidencias (tickets) se realiza a través de Jira. El horario de soporte es de 9:30 a 19:00 horas en días laborables. En caso de modificación de este procedimiento, el Proveedor del Servicio informará inmediatamente al Cliente.

14.2 Mantenimiento

El Proveedor del Servicio se compromete a mantener la API o corregir cualquier mal funcionamiento de la misma conforme a las condiciones definidas a continuación.

Mantenimiento correctivo

El mantenimiento correctivo consiste en la corrección de cualquier anomalía en la API. El Proveedor del Servicio o su subcontratista prestarán los servicios de mantenimiento. En este contexto, el Proveedor del Servicio se compromete a proporcionar al Cliente un informe exhaustivo sobre el seguimiento de las operaciones de mantenimiento realizadas.

Documentación de la API

El Proveedor del Servicio se compromete a mantener actualizada la documentación asociada a la API y a facilitarla al Cliente cuando este la solicite.

14.3 Alojamiento

Todos los servidores del Proveedor del Servicio están alojados en la Unión Europea.

El Proveedor del Servicio se compromete a notificar al Cliente cualquier cambio de proveedor de alojamiento que cumpla estas condiciones.

El Proveedor del Servicio no transferirá ningún dato personal fuera de la Unión Europea sin el consentimiento previo y expreso del Cliente.

Artículo 15. Resolución del Contrato

15.1 El contrato podrá resolverse de pleno derecho mediante simple notificación escrita a la otra Parte en cualquier momento, en caso de incumplimiento por cualquiera de las Partes de sus obligaciones, transcurridos quince (15) días desde el envío de un requerimiento formal mediante carta certificada, física o electrónica, con acuse de recibo, que haya quedado sin efecto.

Este plazo de preaviso de quince (15) días no será aplicable cuando el incumplimiento de una de las Partes sitúe a la otra Parte en una situación de ilegalidad que deba corregirse sin demora, especialmente en caso de incumplimientos manifiestos y reiterados de los requisitos de cumplimiento normativo a los que las Partes están sujetas.

15.2 En caso de terminación de la relación contractual, el Proveedor del Servicio se compromete, a elección del Cliente, a destruir o devolver de forma segura todos los datos recopilados en formato estándar SQL dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización del plazo de preaviso.

Los datos recopilados se conservarán durante un máximo de treinta (30) días después de la finalización del Contrato. Una vez transcurrido este período, los datos serán destruidos automáticamente.

15.3 La resolución no afectará a las disposiciones relativas a las garantías y responsabilidades de las Partes.

15.4 La resolución o expiración del Contrato por cualquier motivo no liberará a ninguna de las Partes de las obligaciones que hayan surgido antes de la resolución o expiración, ni de aquellas que por su naturaleza deban subsistir tras la terminación o expiración, tales como, entre otras, las obligaciones previstas en las secciones de “Confidencialidad” o “Propiedad Intelectual”.

Artículo 16. No captación de personal

Cada una de las Partes se compromete, durante la vigencia del Contrato y durante un período de doce (12) meses tras su expiración, a no contratar ni solicitar directamente a ningún empleado de la otra Parte que esté asignado directamente a la ejecución del presente Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte.

Cada Parte se compromete, en caso de incumplimiento de esta cláusula, a indemnizar a la otra Parte con una compensación equivalente a la remuneración bruta total percibida por dicho empleado durante el año anterior a su salida.

 

Artículo 17. Protección de datos personales

Las Partes se comprometen a cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de protección de datos personales, en particular (i) la Directiva 95/46/CE y la Ley 78-17 de 6 de enero de 1978, en su versión modificada, así como (ii) el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, aplicable a partir del 25 de mayo de 2018.

Las responsabilidades de cada Parte podrán definirse en el anexo “Tratamiento de Datos Personales” de las CGV.

 Artículo 18. Propiedad Intelectual

La API y los conectores puestos a disposición del Cliente por el Proveedor del Servicio en el marco de la ejecución del Contrato seguirán siendo propiedad exclusiva del Proveedor del Servicio.

El Proveedor del Servicio concede al Cliente, durante la vigencia del Contrato, una licencia no exclusiva para utilizar su API y sus conectores en cualquier lugar del mundo, con el fin de que el Cliente pueda prestar sus servicios a los Usuarios.

El Proveedor del Servicio declara que dispone de todos los derechos sobre la API y los conectores objeto del Contrato. Asimismo, garantiza al Cliente que posee todos los derechos necesarios para celebrar el Contrato, incluyendo, entre otros, que:

  • su API no constituye una infracción de una obra preexistente;

  • ha respetado y respetará los derechos de propiedad intelectual de terceros, incluidos los derechos de autor, derechos sobre diseños y modelos, patentes y marcas.

A este respecto, el Proveedor del Servicio indemnizará al Cliente frente a cualquier acción, reclamación, demanda u oposición presentada por cualquier persona que invoque un derecho de propiedad intelectual o un acto de competencia desleal y/o parasitaria que pudiera resultar de la ejecución del Contrato.

El Cliente se compromete a no presentar ni reivindicar, directa o indirectamente, por sí mismo o en nombre de un tercero, en Francia o en cualquier otro lugar del mundo, ningún título o derecho de propiedad intelectual sobre la información que reciba del Proveedor del Servicio en virtud del Contrato. Esta obligación subsistirá tras la terminación del Contrato.

El Cliente también se compromete a no:

  • modificar, adaptar, traducir, ceder, transferir, arrendar o prestar la API y los Conectores fuera de los términos del presente Contrato;

  • crear obras derivadas de la totalidad o parte de la API que no hayan sido ya creadas por el Cliente;

  • acceder al código fuente de la API y de los conectores del Proveedor del Servicio, ni disponer de ningún derecho al respecto;

  • realizar ingeniería inversa sobre la API y los conectores, descompilar la API y los conectores, desensamblar la API o poner la API y los conectores, de cualquier forma, en un formato legible por humanos que pudiera vulnerar el secreto empresarial del Proveedor del Servicio o la propia API.

El Cliente no podrá conservar copias, consultar, acceder ni realizar ningún tratamiento sobre los datos mostrados, salvo para aquellas acciones para las que el Usuario haya otorgado directamente y de forma expresa su consentimiento. Respecto de estos datos, el Cliente podrá guardar en sus bases de datos los resultados de las consultas a la API y explotar dichos datos. Estos datos estarán protegidos con un nivel de seguridad al menos equivalente al implementado por el Proveedor del Servicio.

El Proveedor del Servicio concede al Cliente el derecho a otorgar una sublicencia a sus clientes personas jurídicas en el marco de la puesta a disposición por parte del Cliente de la API a dichos clientes en:

  • los límites del Protocolo establecido en el anexo “Protocolo AML/CFT y Cumplimiento en un Sistema de Distribución PSP/marketplace” de las CGV, en caso de que el Cliente utilice el producto Pay by Bank dentro de un sistema de distribución PSP/marketplace; y

  • únicamente en el caso en que los servicios del Proveedor del Servicio formen parte de una oferta global de servicios del Cliente en la que las soluciones del Proveedor del Servicio no constituyan las únicas funcionalidades ofrecidas.

El Proveedor del Servicio autoriza al Cliente a utilizar su nombre en sus materiales corporativos, comerciales y publicitarios, en estricto cumplimiento de las disposiciones del Contrato, con el único fin de informar a sus clientes y proveedores de servicios y, en general, al público, cuando proceda, para la ejecución de sus obligaciones en virtud del Contrato. No obstante, cualquier publicidad comercial dirigida al público que contenga el nombre del Proveedor del Servicio deberá contar previamente con su consentimiento.

El Cliente autoriza al Proveedor del Servicio a utilizar su nombre comercial y logotipo con fines de marketing y en sus documentos comerciales destinados al público durante toda la duración del Contrato.

Artículo 19. Cesión del Contrato

Ninguna de las Partes podrá ceder el Contrato sin el consentimiento previo y expreso de la otra Parte.

Artículo 20. Fuerza mayor

Si una de las Partes sufre un evento de fuerza mayor, tal como se define en las leyes y reglamentos vigentes, deberá notificarlo a la otra Parte tan pronto como tenga conocimiento de ello. En tal caso, la Parte afectada por el evento de fuerza mayor deberá hacer todo lo posible para limitar el impacto que dicho evento pueda tener en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.

En caso de que se produzca un evento de fuerza mayor, las obligaciones respectivas de las Partes quedarán suspendidas y ninguna de las Partes incurrirá en responsabilidad como consecuencia de ello.

Si un evento de fuerza mayor impide a una de las Partes cumplir una parte sustancial de sus obligaciones en virtud del Contrato durante más de un (1) mes, la otra Parte podrá resolver el Contrato de pleno derecho y sin indemnización mediante notificación escrita enviada a la otra Parte mediante carta certificada, física o electrónica, con acuse de recibo, con treinta (30) días naturales de antelación.

Artículo 21. Subcontratación

Las Partes están autorizadas a subcontratar la totalidad o parte de sus obligaciones en virtud del Contrato. En caso de recurrir a un subcontratista, las Partes seguirán siendo plenamente responsables de los servicios prestados en el marco del Contrato.

Artículo 22. Imprevisión

Las Partes, de mutuo acuerdo, renuncian expresamente a la aplicación de las disposiciones del artículo 1195 del Código Civil y, en consecuencia, acuerdan que, en caso de producirse circunstancias imprevisibles tal como se definen en el citado artículo, asumirán todas las consecuencias económicas y financieras derivadas de dichas circunstancias.

Artículo 23. Lucha contra la corrupción

Las Partes declaran que cumplirán escrupulosamente las disposiciones aplicables en materia de lucha contra la corrupción en los sectores público y privado, codificadas en particular en los artículos 432-11, 433-1, 435-1 y siguientes, 445-1 y siguientes del Código Penal francés, el artículo L.442-6 del Código de Comercio francés y la Ley n.º 2016-1691 de 9 de diciembre de 2016, así como cualquier otra norma que las complemente y/o las sustituya.

A este respecto, las Partes, sus empleados, representantes y directivos se abstendrán de ofrecer o recibir indebidamente, directa o indirectamente, ofertas, promesas, regalos, obsequios o beneficios de cualquier tipo, para sí mismos o para terceros, con el fin de realizar, abstenerse de realizar o facilitar un acto en violación de sus obligaciones legales y/o profesionales y/o de aquellas derivadas del Contrato.

El Proveedor del Servicio se compromete a cumplir con las sanciones internacionales, así como con la normativa aplicable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y de lucha contra la corrupción (en particular la ley francesa “Sapin II”, la US Foreign Corrupt Practices Act y la UK Bribery Act).

El Proveedor del Servicio no proporcionará ningún producto o servicio ni actuará de ninguna manera que pueda dar lugar, directa o indirectamente, a una violación de las sanciones. El Proveedor del Servicio no participará, apoyará ni tomará parte en ninguna transacción que implique, directa o indirectamente:
  (i) un país sancionado,
  (ii) una persona sancionada, o
  (iii) una operación que pueda constituir una infracción de las sanciones.

Artículo 24. Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (Producto Pay by Bank)

En el marco de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (LCB-FT), aplicable únicamente al Producto Pay by Bank, el Proveedor del Servicio debe poder identificar al Usuario de dicho producto.

En esta situación específica, el Cliente será considerado como prestador de servicios externo del Proveedor del Servicio, y la relación entre las Partes se regirá por el artículo 10 de la Orden de 6 de enero de 2021, relativa al sistema y control interno en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como al congelamiento de activos y la prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición o de utilizarlos.

Para los servicios externalizados prestados por cuenta del Proveedor del Servicio, el Cliente transmitirá al Proveedor del Servicio, de conformidad con el artículo R.561-5 del Código Monetario y Financiero, al menos el nombre y apellidos de los Usuarios que sean personas físicas y el número SIRET de los Usuarios que sean personas jurídicas. Esta transmisión se realizará mediante API y, en caso de fallo de la API, mediante correo electrónico.

En caso de duda sobre la identidad de un Usuario, el Proveedor del Servicio podrá aplicar medidas reforzadas de diligencia debida y solicitar documentos justificativos e información adicional al Cliente. El Cliente se compromete a transmitir dichos documentos justificativos en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas laborables.

El Cliente también se compromete a no informar al Usuario de la sospecha del Proveedor del Servicio. En caso de duda persistente, el Proveedor del Servicio podrá decidir no ofrecer el Producto Pay by Bank a dicho Usuario. El Cliente no podrá oponerse a esta decisión.

El Cliente se compromete a informar al Proveedor del Servicio de cualquier evento que pueda tener un impacto significativo en su capacidad para prestar los Servicios Externalizados de manera eficaz y conforme a la legislación aplicable. En cualquier caso, el Cliente no podrá modificar sustancialmente los Servicios Externalizados sin el consentimiento previo y por escrito del Proveedor del Servicio.

El Cliente se compromete a garantizar la continuidad de la transmisión de la información mencionada mediante la implementación, si fuera necesario, de un mecanismo de respaldo. Esto podrá realizarse transmitiendo manualmente la información anteriormente indicada.

Se celebrará un comité de seguimiento anual entre el Proveedor del Servicio y el Cliente para supervisar las obligaciones en materia de LCB-FT (AML/CFT). Las Partes podrán decidir establecer comités de seguimiento adicionales a solicitud del Cliente.

Artículo 25. Auditoría

Durante toda la vigencia del Contrato, en el marco del Producto Pay by Bank, el Proveedor del Servicio podrá realizar o hacer realizar por un tercero independiente auditorías de la totalidad o parte de la actividad de pagos del Cliente (en adelante, los “Servicios”), con un preaviso de diez (10) días, salvo en caso de urgencia o de auditoría solicitada por una autoridad judicial o reguladora que no permita respetar dicho plazo.

El Proveedor del Servicio notificará por escrito al Cliente la solicitud de auditoría dentro del plazo indicado anteriormente, especificando la naturaleza y el alcance de la auditoría, así como la identidad de todas las personas (incluidos los auditores externos) a quienes el Proveedor del Servicio desee confiar la auditoría.

El alcance de la auditoría deberá ser pertinente y solo podrá referirse a los servicios prestados por el Cliente al Proveedor del Servicio en ejecución del presente Contrato.

En caso de una visita in situ, un empleado del Cliente deberá estar disponible para responder a las preguntas del Proveedor del Servicio relativas a la organización y a las medidas de seguridad implementadas. El auditor externo que actúe en nombre del Proveedor del Servicio podrá firmar, a solicitud del Cliente, un acuerdo de confidencialidad antes de iniciar su misión. Las Partes acordarán mutuamente la planificación de la auditoría, comprometiéndose el auditor a causar la mínima perturbación posible en la prestación de los Servicios.

Las Partes reconocen que, en el marco de la auditoría, están sujetas a una obligación de confidencialidad. El Proveedor del Servicio garantiza que el auditor respetará dicha obligación.

El Proveedor del Servicio proporcionará al Cliente una copia del informe de auditoría tan pronto como esté finalizado, para que el Cliente pueda presentar cualquier comentario sobre dicho informe. En caso de que el informe de auditoría revele deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones del presente Contrato, las Partes se reunirán lo antes posible para elaborar un plan de acción, en el que determinarán las medidas que deberán adoptarse y las clasificarán según el grado de urgencia de su implementación. La ejecución del plan de acción correrá a cargo del Cliente. Se establecerá un sistema de seguimiento de dicho plan de acción para verificar que el Cliente cumple con sus compromisos.

Si la auditoría no revela ninguna deficiencia por parte del Cliente en la prestación de sus Servicios, los costes de la auditoría serán asumidos exclusivamente por el Proveedor del Servicio. Sin embargo, en caso de que la auditoría revele deficiencias graves en la prestación de los Servicios por parte del Cliente, los costes de la auditoría serán asumidos exclusivamente por el Cliente.

Asimismo, el Cliente acepta expresamente permitir que la ACPR o cualquier otra autoridad extranjera equivalente en el sentido de los artículos L632-7, L632-12 y L632-13 del Código Monetario y Financiero (en adelante, la “Autoridad Extranjera”) tenga acceso, incluso in situ, a la información necesaria para el cumplimiento de su misión y relativa a los Servicios.

Para acceder a las instalaciones del Cliente, las personas designadas por la ACPR o por cualquier otra Autoridad Extranjera deberán acreditar su identidad y su pertenencia a la ACPR o a dicha Autoridad Extranjera, y presentar cualquier documento o carta de misión que permita establecer la legitimidad de su visita. El Cliente quedará entonces liberado de sus obligaciones de confidencialidad frente a la ACPR o frente a la citada Autoridad Extranjera, lo cual esta última acepta.

Artículo 26. Disposiciones generales

26.1. Si una de las Partes no solicita la ejecución de una de las disposiciones del Contrato, se entiende que su actitud no podrá interpretarse como una renuncia al derecho de invocarla en el futuro.

26.2. De conformidad con el artículo 1184 del Código Civil, cuando la causa de nulidad afecte únicamente a uno o varios artículos del Contrato, no implicará la nulidad de todo el acto salvo que dicho(s) artículo(s) constituyan un elemento determinante del compromiso de las Partes o de una de ellas. Fuera del caso mencionado, la nulidad o inaplicabilidad de cualquiera de los artículos del Contrato no implicará la nulidad de los demás artículos, que conservarán plena validez y eficacia.

Artículo 27. Ley aplicable y resolución de litigios

El presente Contrato se rige por la legislación francesa.

Las Partes acuerdan resolver de forma amistosa cualquier controversia que pueda surgir durante la ejecución o interpretación del presente Contrato. En caso de no alcanzarse un acuerdo amistoso, la controversia quedará sometida a la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Comercio de París o de la Sala Internacional del Tribunal de Apelación de París, en caso de que el domicilio social del Cliente se encuentre fuera de Francia. El procedimiento se llevará a cabo en inglés.

Artículo 28. Prevalencia

Las presentes Condiciones Generales de Venta (CGV) y sus anexos forman un conjunto indivisible. En caso de contradicción entre las CGV y la Orden de Compra, prevalecerán las disposiciones de la Orden de Compra sobre las de las CGV.

Los anexos son los siguientes:

  • Tratamiento de datos personales

  • Protocolo AML/CFT y cumplimiento en un sistema de distribución PSP/marketplace

Anexo 1. Tratamiento de datos personales

En el marco de su relación contractual, las Partes se comprometen a cumplir con la normativa aplicable relativa al tratamiento de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, aplicable a partir del 25 de mayo de 2018 (en adelante, el “Reglamento Europeo de Protección de Datos”), así como la Ley n.º 78-17 de 6 de enero de 1978 relativa a la informática, los archivos y las libertades, en su versión modificada y consolidada.

  1. Condiciones para el tratamiento de datos personales

Deben distinguirse las siguientes situaciones:

  • El servicio ofrecido por el Cliente a los usuarios finales dentro del ámbito de su Solución;
  • El servicio integrado en dicha Solución, que es objeto del Contrato, proporcionado por el Proveedor.

Las Partes acuerdan los siguientes roles:

(i) El Proveedor es el responsable del tratamiento de datos para los tratamientos realizados en el marco del contrato cuando:

  • el servicio prestado en virtud del contrato sea la prestación de un servicio de pago regulado (Transactions, Pay by Bank y Bank ID Check);

  • el servicio prestado en virtud del contrato sea la prestación de un servicio de pago regulado (Transactions, Pay by Bank, Bank ID Check) y de un servicio no regulado (Wealth & Loans, Proof & Certificates Retrieval e Indicators for Credit Check).

En este caso, el Proveedor será el responsable del tratamiento respecto del tratamiento de los datos recopilados, transmitidos, agregados, categorizados, almacenados y anonimizados en virtud del Contrato.

El Proveedor del Servicio se compromete a tratar los Datos Personales proporcionados por el Cliente, así como cualquier dato recopilado o generado durante la ejecución del Contrato, en estricto cumplimiento de este anexo y de las finalidades establecidas en el Artículo 2, de conformidad con la Política de Privacidad del Usuario Final.

(ii) El Cliente es el responsable del tratamiento y el Proveedor actúa como encargado del tratamiento para los tratamientos realizados en el marco del contrato cuando el único servicio prestado en virtud del contrato sea un servicio no regulado (Wealth & Loans, Proof & Certificates Retrieval e Indicators for Credit Check).

En el contexto de la prestación de los Servicios, que puede implicar que el Proveedor trate Datos Personales por cuenta del Cliente, el Proveedor se compromete a:

  • respetar e implementar las disposiciones del RGPD;

  • tratar los Datos Personales únicamente para la(s) finalidad(es) especificada(s) en el Servicio correspondiente indicado en el Artículo 2 de este Anexo;

  • tratar los Datos Personales conforme a las instrucciones documentadas del Cliente.

  1. Operaciones de tratamiento de datos personales

Tratamiento:
 Recopilación, extracción, consulta, agregación, categorización, transmisión, almacenamiento, anonimización y eliminación.

Finalidades principales:
 Prestación del servicio en virtud del Contrato y prestación del soporte asociado al usuario.

Finalidades posteriores:
 El Proveedor se reserva el derecho de utilizar los datos para finalidades posteriores, incluyendo:

  • garantizar el cumplimiento de obligaciones legales;

  • garantizar la corrección, mantenimiento, mejora o desarrollo de sus servicios;

  • crear conjuntos de datos anónimos a partir de datos históricos y futuros recopilados que puedan ser transferidos a socios comerciales;*

  • realizar análisis estadísticos de datos comerciales o de uso del servicio que puedan ser transferidos a socios comerciales.*

* Las actividades de tratamiento posteriores identificadas con un asterisco no podrán implementarse en el marco de la ejecución del servicio objeto del Contrato.

Interesados:
 Usuarios finales.

Tipos de datos:
 Identificación personal, documentos, Open API: identificadores bancarios, saldos agregados de cuentas y transacciones, otra información personal disponible en la API del proveedor de servicios de pago que gestiona la cuenta; Acceso directo: toda la información disponible en el sitio web del proveedor de servicios de pago que gestiona la cuenta.

  1. Obligaciones y responsabilidades de las Partes

Las Partes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en la Regulación de Datos Personales en todas las operaciones de tratamiento de Datos Personales realizadas en virtud del Contrato.

3.1 Obligaciones del Cliente

El Cliente se compromete a garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, en particular en los siguientes aspectos:

  • Gestión de solicitudes de ejercicio de derechos de los interesados, cuando sea necesario conforme al RGPD;

  • Cumplimiento del derecho de auditoría: el Cliente se reserva el derecho de realizar o hacer realizar cualquier auditoría que considere útil para verificar el cumplimiento por parte del Proveedor del Servicio de sus obligaciones en materia de protección de datos conforme al Contrato.

3.2 Obligaciones del Proveedor del Servicio

El Proveedor del Servicio se compromete a garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, en particular en los siguientes aspectos:

Licitud del tratamiento:
 El Proveedor del Servicio se compromete a tener en cuenta, respecto de sus herramientas, productos, aplicaciones o servicios, los principios de Protección de Datos desde el Diseño (Data Protection by Design) y Protección de Datos por Defecto (Data Protection by Default). Asimismo, el Proveedor del Servicio se compromete a notificar al Cliente cualquier modificación o cambio en los Servicios que pueda afectar al tratamiento de Datos Personales.

Exactitud, integridad y seguridad de los Datos Personales:
 El Proveedor del Servicio será el único responsable de la exactitud, calidad y seguridad de los Datos Personales que recopile y transmita al Cliente en virtud del Contrato, dentro de los límites del uso adecuado de los servicios por parte de la Persona Interesada y de las modificaciones inherentes a los sitios web y a las API DSP2 de los bancos en línea.

Subcontratación:
 La ejecución del Contrato no podrá ser confiada por el Proveedor del Servicio a otro subcontratista sin previa notificación al Cliente.

El Proveedor del Servicio se compromete a utilizar únicamente subcontratistas que ofrezcan garantías suficientes para la implementación de las medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar la seguridad y confidencialidad previstas en el Contrato.

A partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato, el Proveedor del Servicio confía determinadas operaciones a los siguientes subcontratistas autorizados:

Tratamiento Subcontratista Ubicación
Alojamiento de datos (producción) Sewan / AWS Francia
Alojamiento de datos (copias de seguridad) OVH Francia
Cifrado de datos Gemalto (grupo Thales) Francia
Categorización de datos* Unnax / CRIF España / Italia

* Las actividades de tratamiento posteriores identificadas con un asterisco no podrán implementarse en el marco de la ejecución del servicio objeto del Contrato.

 Destrucción al finalizar el Servicio:
Al finalizar el Contrato o en caso de terminación anticipada del mismo por cualquier motivo, el Proveedor del Servicio destruirá cualquier archivo manual o copia de los Datos Personales que obren en sus sistemas informáticos una vez concluido el Contrato.

En caso de que la legislación de la Unión Europea o la legislación de un Estado miembro exija la conservación de Datos Personales, el Proveedor del Servicio informará al Cliente de dicha obligación.

Supervisión de las transferencias de Datos Personales:
El Proveedor del Servicio garantiza que no se transferirá ningún Dato Personal fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) por él mismo, por sus propios Subcontratistas o por cualquier persona que actúe bajo su autoridad o en su nombre, independientemente de la naturaleza de la transferencia (alojamiento, copias de seguridad, mantenimiento, administración, servicio de asistencia, etc.).

3.3 Notificación de violaciones de datos

El contacto de seguridad de las Partes, disponible en caso necesario para gestionar cualquier violación de datos personales, puede ser contactado en las siguientes direcciones:

Powens:

  • dpo@powens.com
  • compliance@powens.com

El Cliente:
– registrado en la Orden de Compra.

Cada Parte se compromete a notificar a la otra cualquier violación de datos personales que tenga consecuencias directas o indirectas sobre el Tratamiento, así como cualquier reclamación que pueda serle dirigida por cualquier persona interesada afectada por el tratamiento realizado en virtud del Contrato. Dicha notificación deberá realizarse lo antes posible y, en cualquier caso, a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al descubrimiento de la violación de datos o tras la recepción de una reclamación.

La Parte afectada deberá especificar la naturaleza y las consecuencias de la violación de datos, las medidas ya adoptadas o previstas para remediarla, así como las personas a las que se pueda solicitar información adicional y, cuando sea posible, una estimación del número de personas que probablemente se hayan visto afectadas por la violación de datos.

En caso de violación de datos personales, la Parte se compromete a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias sobre dicha violación con el fin de remediarla lo antes posible y reducir el impacto de la misma sobre los interesados.

Las Partes acuerdan no informar a terceros, incluidos los interesados, de ninguna violación de datos sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte, salvo en los casos previstos por la normativa de protección de datos personales.

 Anexo 2. Protocolo AML/CFT y Cumplimiento en un Sistema de Distribución PSP/Marketplace

En el marco del Contrato, el Proveedor del Servicio seguirá siendo plena y totalmente responsable de sus obligaciones en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML-CFT). Para ello, el Cliente se compromete a cumplir el presente protocolo o cualquier versión posterior debidamente comunicada por el Proveedor del Servicio al Cliente.

El presente anexo se aplicará cuando el Cliente utilice el producto Pay by Bank dentro de un sistema de distribución PSP/marketplace.

  1. Propuesta del Producto Pay by Bank del Proveedor del Servicio

Con el fin de mantener un nivel de riesgo aceptable para el Proveedor del Servicio, el Cliente no ofrecerá los servicios del Proveedor del Servicio, dentro del marco de este sistema de distribución como PSP o marketplace, a los siguientes tipos de clientes:

Clientes cuya actividad:

  • sea fraudulenta y/o ilegal;

  • forme parte de las “actividades restringidas”, es decir, cualquier actividad:

que pueda ser percibida como perjudicial, falsa, engañosa, ilegal, obscena, difamatoria, calumniosa, amenazante, pornográfica, acosadora o incitadora al odio;

que fomente la discriminación basada en la raza, género, religión, nacionalidad, discapacidad, orientación sexual o edad;

que promueva la violencia, las drogas ilegales o cualquier otra actividad ilegal;

que infrinja derechos de propiedad intelectual de terceros o cualquier otro derecho de propiedad intelectual bajo cualquier jurisdicción;

que implique asesoramiento sobre juegos, apuestas, rifas o cualquier forma de lotería;

que promueva esquemas piramidales o esquemas Ponzi, programas matriciales, otros esquemas de “enriquecimiento rápido” o determinados programas de marketing multinivel, incluida la recopilación de pagos para dichos esquemas;

que tenga por objeto opacificar la cadena de pagos sin una justificación objetiva y funcional;

que pueda causar molestias o perjuicios, o incluso un intento de causarlos, aunque sean menores;

relacionada con servicios de citas o matrimonios en línea, entretenimiento para adultos o servicios de acompañantes;

relacionada con la creación, promoción, venta o distribución de marihuana y sus derivados, o de accesorios destinados a su consumo;

marketplaces, es decir, un sitio web en el que vendedores independientes, profesionales o particulares, tienen la posibilidad de vender sus productos o servicios en línea;

cuando el cliente realice una segunda distribución del producto Pay by Bank del Proveedor del Servicio;

cuando el Proveedor del Servicio pueda razonablemente considerar que existe un uso indebido de su sistema o servicio.

Clientes cuyo criterio geográfico corresponda a alguno de los siguientes casos:

  • cualquier Cliente cuyo domicilio social se encuentre fuera de Francia;

  • cualquier cliente cuya actividad se encuentre fuera del EEE (Espacio Económico Europeo) o de un tercer país equivalente, o que implique manifiestamente una salida directa o indirecta de fondos fuera del EEE.

Clientes cuyos pagos a contrapartes correspondan a:

  • elementos que requieran licencia o autorización de un tercero, incluida una autoridad pública, salvo que el Cliente disponga de dicha licencia;

  • drogas ilegales o utensilios ilegales para su consumo;

  • asesoramiento en apuestas o asesoramiento financiero no regulado;

  • apuestas y servicios relacionados;

  • cualquier servicio o elemento que almacene valor en forma de efectivo o equivalente al efectivo, incluyendo monederos electrónicos, tarjetas prepago (incluidas tarjetas telefónicas prepago) o cualquier otra forma de valor almacenado, independientemente de que posteriormente pueda canjearse por efectivo;

  • actividades relacionadas con criptoactivos, incluyendo, entre otras, monederos de criptomonedas y criptomonedas;

  • servicios de conversión de divisas.
  • servicios de transferencia de dinero;
  • productos falsificados;
  • actividades relacionadas con medios sociales, tales como la provisión de “likes” o “seguidores” en Twitter, Facebook, “visualizaciones” en YouTube, o cualquier elemento comparable en relación con cualquier red social;
  • o actividades que impliquen el uso, suministro o promoción de armas, armas de fuego, municiones u otros artículos similares.

Criterio relativo a la temporalidad de la prestación del servicio:

Comerciantes que ofrezcan “pago inmediato” (pay as you go): en presencia física de las partes de la transacción, situación en la que el pago daría lugar a la entrega simultánea de bienes tangibles.

Y, de manera general, cualquier Cliente que pueda parecer presentar un riesgo de fraude, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.

El Proveedor del Servicio se reserva el derecho de reducir, modificar o ampliar esta lista, siempre que notifique dichos cambios en un plazo razonable.

  1. Información del Cliente

2.1 Recopilación de información

El Cliente se compromete a recopilar la siguiente información sobre los clientes a los que ofrece los servicios del Producto Pay by Bank del Proveedor del Servicio:

  • Nombre de la empresa
  • SIREN de la empresa
  • Dirección del domicilio social de la empresa
  • Nombre y apellidos del director de la empresa
  • Código APE/NAF de la empresa
  • Breve descripción de la actividad de la empresa
  • Dirección de correo electrónico de contacto dentro de la empresa
  • Fecha de suscripción a los servicios del Proveedor del Servicio
  • Dirección del sitio web de la empresa (si existe y está disponible)
  • Nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de los beneficiarios efectivos de la empresa (opcional)

El Proveedor del Servicio podrá modificar esta información posteriormente y notificará al Cliente en consecuencia.

2.2 Transmisión de la información al Proveedor del Servicio

El Cliente transmitirá esta información mediante:

  • mensualmente, a través de una tabla proporcionada por el Proveedor del Servicio y enviada a aml@powens.com;
  • automáticamente, en caso de que los sistemas de información del Proveedor del Servicio y del Cliente estén conectados para este fin;
  • por cualquier otro medio expresamente acordado por las Partes.

2.3 Verificación de la información

El Proveedor del Servicio será responsable de verificar la información proporcionada al inicio de la relación comercial. En caso necesario, el Proveedor del Servicio recopilará todos los documentos justificativos directamente del cliente beneficiario, recurriendo al Cliente únicamente si el punto de contacto proporcionado por este resulta ineficaz.

  1. Información al Usuario

El Cliente se compromete a cumplir con las obligaciones de información hacia los usuarios finales, de conformidad con la Orden de 29 de julio de 2009, relativa a las relaciones entre los proveedores de servicios de pago y sus clientes en lo que respecta a las obligaciones de información a los usuarios de servicios de pago y que especifica las principales estipulaciones que deben incluirse en los contratos de cuentas de depósito y en los contratos marco de servicios de pago.

En otras palabras, el Cliente se compromete a proporcionar al Usuario Final un número único de transacción vinculado al servicio del Proveedor del Servicio, a informar al Usuario Final del estado de la transacción y, en su caso, de cualquier coste adicional asociado a la operación del servicio de pago.

Cuando una reclamación por insatisfacción (en adelante, una “Reclamación”) relativa al ámbito de la seguridad o a una insatisfacción con el servicio de iniciación de pagos, ya sea legítima o no, presentada por un Usuario Final o un comerciante vinculado al servicio del Proveedor del Servicio, sea trasladada al Cliente, el Cliente se compromete a acusar recibo o responder en un plazo de diez (10) días laborables y a remitir la Reclamación al departamento de cumplimiento del Proveedor del Servicio (compliance@powens.com). Cuando la reclamación se refiera a otro ámbito, el Cliente será el punto de contacto preferente para el Usuario o el comerciante vinculado.

  1. Auditoría

Las Partes acuerdan que el Proveedor del Servicio realizará un seguimiento de la lista de clientes mencionada anteriormente y proporcionada al Proveedor del Servicio:

  • al inicio de la relación comercial con los clientes objetivo;
  • periódicamente, de acuerdo con el nivel de riesgo del cliente evaluado por el Proveedor del Servicio.

El Cliente acepta de antemano dejar de ofrecer los servicios del Proveedor del Servicio al cliente o clientes designados por el Proveedor del Servicio, previa instrucción escrita debidamente documentada por este último, en el caso de que dichos clientes presenten una amenaza significativa de fraude, actividad ilegal, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, así como cualquier incumplimiento de la lista de exclusión definida en este protocolo.

El Cliente se compromete a:

  • incluir una cláusula en su contrato de distribución del Producto Pay by Bank celebrado con dicho cliente que permita la suspensión temporal o desactivación de los servicios del Proveedor del Servicio, por motivo de sospecha de actividad ilegal;
  • no revelar al cliente el motivo exacto indicado por el Proveedor del Servicio.
  1. Colaboración en caso de actividad sospechosa

5.1 Principios de supervisión y control AML/CFT

El Proveedor del Servicio seguirá siendo plenamente responsable de la supervisión y control de la actividad de pagos realizada a través de sus servicios en virtud de sus obligaciones en materia de AML/CFT (lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo), así como de cualquier obligación derivada de las mismas. No obstante, el Cliente se compromete a asistir al Proveedor del Servicio en esta misión.

En caso de duda sobre la identidad de un Cliente, el Cliente se compromete a transmitir al Proveedor del Servicio los documentos justificativos que haya podido recopilar, así como cualquier información adicional que el Proveedor del Servicio pueda solicitar y que esté en posesión del Cliente.

5.2 Elevación del nivel de vigilancia de un Usuario

En caso de sospecha sobre un Usuario Final del Proveedor del Servicio, el Cliente es informado de que el Proveedor del Servicio podrá aplicar medidas reforzadas de diligencia debida, que se materializarán en la verificación de la identidad de dicha persona y, si la situación lo justifica, en el contacto directo con el Usuario Final o con el Cliente para solicitar información adicional sobre la(s) operación(es) realizada(s).

El Cliente se compromete a no revelar al Usuario Final la sospecha del Proveedor del Servicio.

El Cliente no podrá presentar reclamación alguna contra el Proveedor del Servicio, incluyendo, entre otros, denegación de servicio o pérdida de ingresos, como consecuencia de dicha acción o de la decisión del Proveedor del Servicio de poner fin a la relación comercial con dicho Usuario Final.

Este cambio a un nivel de vigilancia superior se realizará en función del análisis de riesgos efectuado por el Proveedor del Servicio y se renovará periódicamente.

La verificación de la identidad del Usuario podrá realizarse antes o después de la transacción correspondiente, dependiendo de la combinación de uno o varios criterios específicos para cada tipo de Cliente (importe unitario, importe acumulado, número de transacciones unitarias, etc.) o a discreción del Proveedor del Servicio.

  1. Formación

Los agentes tienen la obligación de recibir formación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT). Esta obligación puede cumplirse de dos formas:

  • enviando al Proveedor del Servicio un certificado de formación al menos una vez cada dos años;
  • realizando una formación de seguimiento al menos una vez cada dos años, o en caso de cambios legislativos que, a juicio del Proveedor del Servicio, justifiquen una actualización del módulo de formación propuesto por este.
  1. Punto de contacto

Para cualquier intercambio en el marco de LCB-FT, los interlocutores de las Partes serán los siguientes, encargados de transmitir o solicitar la información mencionada a las personas competentes dentro de sus respectivas organizaciones:

Cliente: contacto indicado en la Orden de Compra
Proveedor del Servicio: compliance@powens.com

  1. Modificación del presente Protocolo

El Cliente reconoce que los cambios en la normativa aplicable pueden implicar una modificación necesaria del presente Acuerdo. En caso de que se produzca tal cambio, el Proveedor del Servicio modificará el presente Acuerdo y/o notificará al Cliente dentro de un plazo razonable para implementar los ajustes necesarios.

En cualquier caso, las Partes acuerdan reunirse al menos cada seis meses para revisar los elementos de cumplimiento incluidos en el presente protocolo, o añadidos posteriormente, con el fin de realizar cualquier modificación necesaria y/o deseable.