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POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE ACTIVOS

  • OBJETIVO

La presente Política tiene por objeto establecer los principios, procedimientos operativos y mecanismos de control destinados a garantizar la protección de los fondos recibidos de los usuarios para la emisión de dinero electrónico y la prestación de servicios de pago por parte de UNNAX REGULATORY SERVICES EDE, S.L.U. (en adelante,  “UNNAX” o la “Entidad”).

Su cumplimiento asegura que los fondos de los clientes queden segregados del patrimonio de la Entidad y protegidos frente a reclamaciones de terceros acreedores, de acuerdo con la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico y Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago, así como su normativa de desarrollo.

  • ALCANCE

Este documento será aplicable a los fondos de terceros gestionados por parte de UNNAX en su condición de entidad de dinero electrónico.

  • DEFINICIONES

  1. Cliente: la persona jurídica con la que UNNAX mantiene una relación contractual y a la que le presta servicios de dinero electrónico y servicios de pago.
  2. Dinero electrónico: todo valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones de pago.
  3. Fondos de salvaguarda: activos recibidos de los clientes o a través de otro proveedor de servicios de pago para la emisión de dinero electrónico y la ejecución de operaciones de pago, que deben ser protegidos en virtud de la Ley 21/2011.
  4. Conciliación: proceso de verificación cruzada entre los registros de la Entidad, la contabilidad y los extractos de las entidades depositarias.
  5. Entidad de crédito depositaria: se entenderá por entidad depositaria, aquella institución financiera de crédito que custodiará los fondos de los Clientes de UNNAX.  

4. METODOLOGÍA DE SALVAGUARDA

La Entidad adopta como método de salvaguarda el depósito de los fondos en cuentas bancarias separadas (Método 1) en entidades de crédito autorizadas.

En este sentido:

  • La denominación de dichas cuentas identifica de forma inequívoca la titularidad de los fondos a favor de los clientes de la EDE.
  • Las cuentas de salvaguarda son jurídica y físicamente independientes de las cuentas operativas de la Entidad. 
  • La Entidad ha formalizado ante los bancos depositarios la naturaleza de estas cuentas, reconociendo el depositario que los fondos no son propiedad de UNNAX y, por tanto, no pueden ser objeto de embargo o compensación por deudas de la Entidad.

4.1. Procedimiento de conciliación

Con el objetivo de asegurar que el pasivo de dinero electrónico emitido cuente con la debida cobertura a efectos de salvaguarda, la Entidad deberá ejecutar el siguiente protocolo:

  • Conciliación operativa: verificación de la integridad entre el sumatorio de saldos de las cuentas de dinero electrónico de los clientes y el saldo total del pasivo registrado a nivel contable. 
  • Conciliación bancaria (salvaguarda): validación de que los fondos depositados en las cuentas de salvaguarda en entidades de crédito son suficientes para cubrir el pasivo exigible.
  • Control de fondos en tránsito: identificación y seguimiento de aquellos fondos confirmados por la pasarela técnica que, debido a los ciclos de liquidación, aún no han sido abonados en las cuentas de salvaguarda.
  • Validación de la liquidación: verificación del cumplimiento de los plazos y montos liquidados por parte de la entidad de crédito responsable de la liquidación en cada ciclo operativo.

4.2. Gestión de desviaciones y plan de contingencia

En caso de que la Entidad detectara alguna desviación, se realizará un análisis inmediato de causa raíz. Si la insuficiencia de fondos se confirmara como efectiva:

  1. El área de Operaciones notificará de inmediato al área Financiera sobre la discrepancia identificada. 
  2. Se procederá a un análisis de urgencia para determinar si la desviación es de naturaleza técnica (fondos en tránsito, errores de conciliación) o efectiva.
  3. En caso de confirmarse una insuficiencia de cobertura, la Entidad dispondrá las medidas necesarias para la regularización de los saldos de salvaguarda, asegurando la integridad de los fondos en los plazos normativos.
  4. Por su parte, el área de Riesgos y Cumplimiento supervisará la resolución y, en función de la materialidad de la incidencia, elevará el informe correspondiente a los órganos de gobierno de la Entidad. 
  • SELECCIÓN Y SUPERVISIÓN DE ENTIDADES DEPOSITARIAS

La Entidad mantiene una política de debida diligencia en la elección de sus bancos custodios para mitigar el riesgo de contraparte. En consecuencia, la Entidad.

  • Seleccionará entidades de crédito de reconocida solvencia con sede en la Unión Europea, evaluando periódicamente su calidad crediticia conforme a estándares de mercado.
  • Mantendrá relaciones activas con al menos dos entidades de depósito independientes. Esto garantiza la resiliencia operativa y la capacidad de transferir fondos en caso de degradación del servicio o insolvencia de uno de los custodios.
  • El área de Riesgos y Cumplimiento evaluará trimestralmente la solvencia y el rating de los depositarios actuales de la Entidad.
  • Entidades de crédito depositarias 

La relación de entidades depositarias vigentes en cada momento se detallará en el ANEXO I, el cual será actualizado periódicamente por el área de Riesgos y Cumplimiento Normativo.

  • GOBERNANZA, CONTROL  Y AUDITORÍA

Las áreas Financiera y Operaciones, son los responsables de la ejecución de la salvaguarda. Por su parte, el área de Riesgo y Cumplimiento supervisará mensualmente la conciliación y el cumplimiento de los ratios de solvencia de los bancos depositarios.

Auditoría interna realizará una revisión anual del sistema de salvaguarda, emitiendo un informe específico sobre la suficiencia de los controles y la exactitud de los registros contables ante el Banco de España. 

  • COMUNICACIÓN A CLIENTES

De acuerdo con la transparencia exigida, UNNAX informará a sus clientes a través de los Contratos de prestación de servicios, así como a través de su página web sobre los métodos de salvaguarda empleados y la identidad de las entidades donde se custodian sus fondos.

 ANEXO I – REGISTRO DE ENTIDADES DEPOSITARIAS

Este Anexo detalla las entidades de crédito donde UNNAX mantiene actualmente los fondos de salvaguarda de sus clientes. Este listado es dinámico y su actualización no requiere la modificación del cuerpo principal de la Política.

Entidad de crédito Rol operativo Jurisdicción
Banco Inversis, S.A. Depositario principal España
Banco Alcalá, S.A. Depositario secundario España
CaixaBank, S.A. Otros depositarios España